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Seguro de vida y testamento: ¿se incluye la póliza en la herencia?

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Última actualización: 26 de febrero de 2024
Ignacio Ballesteros
410 personas han leído este post en los últimos 12 meses
En pocas palabras

El seguro de vida y testamento son dos conceptos unidos aunque la póliza de vida no forma parte de la herencia del asegurado porque el capital asegurado no es parte del patrimonio del asegurado si no lo ha cobrado. Descubre aquí cómo cubre el testamento el seguro de vida y todos los detalles clave antes de contratar.

¿El seguro de vida se incluye en el testamento?

No, el seguro de vida no se incluye en el testamento porque no es parte del patrimonio del asegurado. La única forma de que el seguro de vida se incluya en el testamento es si el asegurado tiene contratado un seguro de vida con invalidez o que le cubre las enfermedades graves y ha cobrado la prestación económica. Solo se puede incluir en la herencia si ya se ha cobrado, lo que en la práctica significa que la póliza de vida ya se habrá extinguido.

La única forma de incluir tu seguro de vida en el testamento es si ya lo has cobrado y has convertido la póliza en parte de tu patrimonio como asegurado. Si ocurre esto realmente no estarás metiendo como tal tu seguro de vida en el testamento, si no que será la indemnización ya cobrada.

No es posible incluir en el testamento el seguro de vida en ningún caso si sigue en vigor. Esto es igual para los vida riesgo tradicionales y también para los vida ahorro como los planes de pensiones, los PPA o los unit linked. La conclusión es que no se debe incluir el seguro de vida en testamento porque no es posible.

Una de las ventajas de que el seguro de vida no entre en el testamento es que puedes designar un beneficiario del seguro de vida diferente a tus herederos legales. Por ejemplo, es una buena idea si tienes pareja pero no estás casado, o quieres dejárselo a una persona que no es familiar o prefieres que el beneficiario de la póliza sea una asociación u organización benéfica.


Seguro de vida con testamento

La cobertura de testamento del seguro de vida es una garantía que algunas aseguradoras incluyen en sus pólizas de vida. Lo más habitual es que esta cobertura sirva para que los asegurados reciban asesoramiento relacionado con la elaboración del testamento. Si ya has contratado tu seguro pero no sabes dónde mirar este detalle solo tienes que buscar el contrato del seguro de vida y ver las condiciones de tu póliza.


¿El beneficiario del seguro de vida va en el testamento?

No, el beneficiario del seguro de vida no va en el testamento ni tiene porque ser un heredero legal del fallecido. En caso de fallecimiento del asegurado, la compañía se encargará de pagar el capital asegurado al beneficiario independientemente de que éste figure o no en el testamento. De hecho, no es necesario cambiar los beneficiarios del seguro de vida en el testamento porque éstos no van incluidos en la herencia. Por tanto, tampoco es necesario que hagas la designación del beneficiario del seguro de vida en el testamento.

El beneficiario del seguro de vida es un concepto diferente al de beneficiario de la herencia o heredero legal. El primero recibe la prestación económica por parte de la aseguradoras, mientras que el segundo es quien recibe el patrimonio del fallecido.

Recuerda que en ningún caso es posible que alguien que no sea beneficiario del seguro de vida cobre la indemnización correspondiente por fallecimiento del asegurado. Es indiferente que seas ascendiente o descendiente del fallecido: no podrás cobrar el seguro de vida si no estás designado como beneficiario. La única posibilidad de hacerlo es si no existe un beneficiario ya que el capital asegurado pasará a formar parte de la herencia como patrimonio del tomador.

Un posible momento conflictivo ocurre cuando el asegurado no ha designado un beneficiario del seguro de vida. En este caso, prevalece la última voluntad del tomador y de lo que se recoge en el testamento. Los herederos legales del seguro de vida sin testamento seguirán el orden de herencia habitual: descendientes, ascendientes, cónyuges, etc.


¿Qué es el testamento vital?

El testamento vital es un documento poco conocido y en muchas ocasiones confundido con el testamento sucesorio. Este se utiliza para expresar los deseos de aquel que lo firma sobre los tratamientos médicos que quiere que recibir en el futuro por si no pueda manifestar su voluntad en ese momento.

Un ejemplo claro sería el decidir qué hacer con sus órganos y con su cuerpo tras el fallecimiento, pero también puede hacer referencia a casos de enfermedades que le impidan manifestar su voluntad libremente.

Según los datos del Registro Nacional de Instrucciones Previas del Ministerio de Sanidad del Gobierno de España sólo 265.000 personas han registrado su testamento vital (1) sobre los cuidados que desean recibir al final de su vida o cuando estén en una situación en la que no puedas expresar su voluntad.

¿Quieres encontrar la mejor opción para ti?


¿Qué diferencia al testamento vital del sucesorio?

El testamento vital y el testamento sucesorio son documentos totalmente diferentes. Con el testamento sucesorio se declaran los deseos sobre bienes materiales, mientras que con uno vital, lo que se refleja son los deseos sobre nuestro cuerpo.

Con un ejemplo, se entiende fácil. Si queremos dejar reflejado lo que queremos que pase con nuestro cuerpo si fallecemos, habrá que redactar un testamento vital; si queremos dejar reflejado lo que queremos que pase con nuestra casa o nuestro dinero si fallecemos, habrá que redactar un testamento sucesorio.

Aunque te corresponda algo por el testamento, es aconsejable consultar si un familiar fallecido tenía seguro de vida, ya que si lo tenía y eres beneficiario, podrás cobrarlo en forma de indemnización.


Contenido del testamento vital

En el testamento vital quedan reflejadas las siguientes cuestiones:

  • Los tratamientos médicos tanto que se quieren recibir como los que no.
  • Si deseas ser enterrado o incinerado.
  • Si se quiere o no recibir asistencia religiosa.
  • Si se quiere donar el cuerpo a la ciencia o donar los órganos.
  • Si deseas someterte a tratamientos experimentales.
  • Puedes designar a un representante que decida por ti o por tu cuerpo.

Vías para hacer un testamento vital

Aunque cada Comunidad Autónoma tiene una normativa, existen por lo general tres formas de hacer un testamento vital:

  1. Documento privado frente a tres testigos, con las siguientes restricciones a tener en cuenta:
    • Dos de ellos no pueden ser padre, hijo tío o sobrino de la persona que hace el testamento.
    • Deben estar capacitados para actuar.
    • No pueden tener relación patrimonial con la persona que elabora el testamento.
  2. Escritura pública ante notario.
  3. Ante un funcionario del Registro autonómico.

Requisitos para poder hacer un testamento vital

Existen cuatro criterios generales para poder realizar un testamento vital válido:

  1. Ser mayor de edad.
  2. Hacerlo por escrito.
  3. Realizarlo libremente, sin coacción.
  4. Estar en pleno uso de las facultades mentales.

Denominación por Comunidad Autónoma del testamento vital

El testamento vital se denomina de una manera diferente en función de la Comunidad Autónoma en la que nos encontremos:

  • Documento de Instrucciones Previas: Asturias, Castilla-León, Ceuta, Galicia, La Rioja, Madrid, Melilla y Murcia.
  • Documento de Voluntades Anticipadas: Aragón, Baleares, Cataluña, Comunidad Valenciana, Navarra y País Vasco.
  • Documento de Voluntad Vital Anticipada: Andalucía.
  • Manifestación anticipada de Voluntad: Canarias.
  • Declaración de Voluntades Anticipadas: Castilla-La Mancha.
  • Expresión de la Voluntad con carácter previo: Cantabria.
  • Expresión Anticipada de Voluntades: Extremadura.

El seguro de vida y el testamento vital

El seguro de vida contempla coberturas relacionadas con el testamento vital. En este sentido, las coberturas que pueden llegar a ofrecer las aseguradoras relacionadas con el testamento vital están orientadas a la ayuda durante la realización del mismo.

Las compañías, en caso de que incorpore coberturas relacionadas con el testamento vital, lo que van a hacer como mucho es ayudarte a rellenarlo y presentarlo correctamente. En algunos casos, también pueden ayudarte con el traslado para presentar el testamento si tu en ese momento estás incapacitado para ello.


Preguntas frecuentes del seguro de vida y testamento

¿Se puede cobrar un seguro de vida sin aceptar la herencia?

Sí, es posible cobrar un seguro de vida sin aceptar la herencia porque la póliza no forma parte del testamento y el beneficiario del seguro de vida no tiene porqué ser uno de los herederos.

¿Cómo saber si un familiar tenía un seguro de vida?

Para saber si un familiar fallecido tenía un seguro de vida tienes que acudir al Ministerio de Justicia.

Fuentes del artículo
  1. EFE, R. es /. Apenas un 0,6% de los españoles ha hecho testamento vital para especificar cómo quiere ser tratado al final de su vida. RTVE.es. https://www.rtve.es/noticias/20181031/apenas-06-espanoles-hecho-testamento-vital-para-especificar-como-quiere-ser-tratado-final-su-vida/1830114.shtml
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Ignacio BallesterosRoams
Actualizado por Ignacio Ballesteros

Nacho es graduado en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid, además de haberse formado en Periodismo Transmedia en la UNED. Ha trabajado durante dos años como periodista en una agencia de noticias en secciones de finanzas y consumo, y lleva ya más de siete años redactando publicaciones para medios de comunicación.

Laura Burón
Editado y revisado por Laura Burón